El Tribunal Supremo legitima a Cecasa para acopiar aceite de oliva en caso de crisis de precios lo que supone un radical giro judicial en este largo affaire
La sentencia da la razón a los productores que podrán comprar aceite y proceder a su almacenamiento privado como una herramienta privada de regulación del mercado

La Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (Faeca) se ha mostrado "satisfecha" con el reciente fallo del Tribunal Supremo a favor de la Compañía Española de Comercialización de Aceite S.A. (Cecasa), tras cerca de ocho años de litigio.

En virtud de la sentencia, se permite que Cecasa pueda fijar un mecanismo de adquisición y almacenamiento de aceite de oliva, acordado y financiado privadamente, en situación excepcional de crisis de precios.

La sociedad anónima, auspiciada por Faeca, se creó en abril de 2000 con un capital de 732 millones de pesetas -4,3 millones de euros-. Unas 250 cooperativas y almazaras de las comunidades de Andalucía, Extremadura y Castilla-La Mancha, principalmente, se unieron bajo el paraguas de Cecasa, llegando a representar el 60% de la producción nacional de aceite. Sin embargo, según explicó "poco duró su andadura", puesto que en 2002 el entonces Tribunal de Defensa de la Competencia prohibió a la sociedad ejercer su actividad.

Ahora el Supremo habilita la idea original de Cecasa y, la verdad, lo hace en el momento más oportuno para demostrar su validez. Las cartas están sobre la mesa y llega el momento de mover ficha.

 


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